El nombre antiguo fue Portal de la Audiencia, porque desde los primeros años de vida de la Ciudad, en ese local existió el edificio del tribunal y del Cabildo, o sean las principales autoridades de la población. Por ello consideramos que es aquí donde debemos ocuparnos de la fundación de Puebla. Las noticias fidedignas que de ella tenemos se concretan a lo siguiente:
Los cuatro oidores de la segunda Audiencia llegaron a la Nueva España a fines de 1530. Y celebraron una de sus primeras sesiones el 12 de enero de 1531. El presidente, Sebastián Ramírez de Fuenleal, obispo de Sto. Domingo en la Española (Haití) y hasta entonces presidente de la Real Audiencia de aquella isla, no los acompañó, sino que se quedó en su diócesis. Entre tanto fungió de presidente uno de los oidores, el Lic. Juan de Salmerón. Este reconoció la conveniencia de fundar una colonia agrícola de españoles en el rumbo de Tlaxcala, para que los inmigrantes sin recursos pudieran sostenerse sin esperar encomiendas de indios. (Sabido es que había la costumbre de señalar a los conquistadores pueblos de naturales que tenían que pagarles contribuciones y trabajar por ellos.) Al mismo tiempo la proyectada fundación serviría para curar a los pasajeros que llegaran enfermos de Veracruz. El oidor Salmerón venció la oposición que encontró en todas partes, exceptuando a los religiosos franciscanos que se entusiasmaron por la idea. Mandó buscar un sitio, y se escogió uno al Sur de la actual Ciudad, igualmente a orillas del arroyo llamado después el río de S. Francisco. Era terreno baldío, propiedad del pueblo de Totomihuacán, cuyos vecinos, medio siglo antes de la conquista, habían sido casi exterminados por los de Tepeaca, reduciéndose su número de 30.000 hombres a unos 60 jefes de familia. Pertenecía, lo mismo que Cholula, Huejotzingo y Tepeaca, no al obispado de Tlaxcala, sino al de México. El obispo de Tlaxcala, Fray Julián Garcés, hubiera preferido que la colonia se estableciera en la capital de su diócesis, pero en este caso habría sido necesario despojar a los naturales de gran parte de sus tierras.
A fines de marzo, la persona que había escogido el lugar, regresó a México e informó a la Audiencia de los trabajos hechos. El 27 del mismo mes está fechada una carta que el padre franciscano Fray Luis de Fuensalida, antiguo provincial de su orden en México, escribió de la capital a la reina, pidiendo una ayuda económica para los fundadores, por ser éstos muy pobres. Es el documento más antiguo que atestigua la existencia de Puebla y de sus vecinos.
La nueva puebla (colonia) recibió el nombre de los Angeles, propuesto al parecer por los franciscanos que tenían una acendrada devoción a los Santos Angeles, pues ya la iglesia del primer convento que fundó S. Francisco en Asís, la de Porciúncula, está consagrada a Ntra. Sra. de los Angeles. Además, el ministro general de la orden que envió a los 12 misioneros a la Nueva España, se llamó Fray Francisco de los Angeles; el convento en que los reunió en 1523, antes de su salida, se tituló Sta. María de los Angeles.
El 30 de Marzo, tres días después de Fray Luis, escribieron tanto la Audiencia a la reina, como su presidente interino Lic. Salmerón al Consejo de Indias, dando cuenta de la fundación de la colonia. Salmerón especialmente pidió que se confirmara el nombre de los Angeles.
A falta de una persona competente, la Audiencia encargó la fundación a un encomendero, Hernando de Saavedra, "hombre de buen entendimiento y experiencia", a quien se nombró corregidor de Tlaxcala.
Sus indios, cuya alimentación costeó la Audiencia, los otros encomenderos y muchos naturales de Cholula y Tlaxcala, persuadidos por los franciscanos, hicieron los trabajo.
Salmerón quiso ir personalmente a visitar la puebla y nombrar las autoridades en Semana Santa, cayendo el domingo de Resurrección en el 9 de abril. Pero su mala salud y los negocios no lo permitieron.
Entre tanto continuaron los trabajos. El 16 de abril, el domingo siguiente al de Resurrección, se dijo la primera misa, a la que asistió el padre franciscano Fray Toribio Motolína (véase C. Puente Motolinía), o él mismo la celebró.
Saavedra trazó el lugar y construyó 50 casas para los españoles, una iglesia dedicada a los Angeles y edificios públicos, casi todo de madera, solamente algo de adobe. A cada español se dieron 20 indios para su servicio y los trabajos agrícolas.
A fines de mayo, en la pascua de Pentecostés, Salmerón efectuó su viaje. Inspeccionó el nuevo pueblo y nombró un alcalde y regidores. También puso la colonia en comunicación con México y Veracruz, abriendo un camino para Cholula al Poniente, y otro al Oriente que empalmaba con el camino de la Capital al puerto, que pasaba por Tecoac, al Norte de la Malinche. El nuevo camino, por Río frío, era más corto.
Igualmente se empezó en el pueblo un hospital, dedicado a S. José. Conservándose constancias de repartos de terrenos a los pobladores desde el 2 de junio, y parte del acta del cabildo de aquel día.
En su carta del 13 de agosto el Lic. Salmerón, y la Audiencia en otra del día 14, informaron al Consejo de Indias y a la reina, respectivamente, de todos los detalles de la fundación del pueblo de los Angeles, para el que el presidente interino pidió una serie de privilegios.
El 23 de septiembre desembarcó en Veracruz el presidente de la Audiencia, Ramírez de Fuenleal. Probablemente trajo consigo una cédula, firmada en Ocaña (cerca de Aranjuez) el 18 de enero del mismo año de 1531 por la reina Isabel de Portugal, esposa de Carlos V. y la regente de España y sus colonias durante la ausencia del monarca (de julio 28 de 1529 hasta abril 28 de 1533). Era la contestación a una solicitud del obispo de Tlaxcala, Fray Julián Garcés, que había pedido que se estableciera una colonia de españoles en la capital de Tlaxcala, para que pudiera residir allá definitivamente. La reina no aprobó que la colonia se hiciera en Tlaxcala misma, sin duda por las razones arriba expuestas, sino que ordenó a la Audiencia que "en la dicha provincia (de Tlaxcala) se haga un pueblo de cristianos españoles en el más conveniente y aparejado lugar". Esto era precisamente lo que los oidores ya habían ejecutado, y por lo tanto tal vez se consideró la cédula como la legalización de la fundación del pueblo de los Angeles, y los pobladores celebraron en seguida el 28 y 29 de septiembre, víspera y día de S. Miguel, cuando probablemente la cédula se les comunicó, como los días de la fundación. Puede ser que ya entonces se eligiera a S. Miguel, el príncipe de los ángeles, como patrono de la puebla de los Angeles. No menos posible es que posteriormente se haya celebrado el día del patrono como "el día de la Ciudad y fundación de ella", sin fundamento histórico.
Pero pronto se desanimaron los vecinos. Llovió tanto que todo el pueblo se convirtió en un pantano. Después se helaron las siembras de trigo. Por eso muchos abandonaron la empresa. Los demás, unos 17, se trasladaron a un sitio un poquito más alto, el mismo que hoy ocupa la Ciudad. También los indígenas, no sabemos cuándo, se quejaron ante Hernán Cortés, marques del Valle de Oaxaca y encomendero de Huejotzingo, quien fue con ellos a México donde se compuso el conflicto. (Pero en su carta del 13 de agosto de 1531, Salmerón dice que el encomendero de Huejotzingo es Diego de Ordaz.)
En mayo del año siguiente (1532), cuando pasó por aquí el obispo de México, Fray Juan de Zumárraga, a fin de embarcarse para España, ya se estaban construyendo las nuevas casas. Tal vez bendijeran la iglesia levantada en el actual Portal de Iturbide, ya que el pueblo pertenecía a su diócesis.
Parece que en todo el año de 1532 no se repartieron nuevos terrenos.
Entre tanto, la reina había recibido la relación de la Audiencia del 14 de agosto de 153 y lo contestó de Medina del Campo (cerca de Valladolid), con fecha del 20 de marzo de 1532, aprobando lo hecho por los oidores y añadiendo que por una cédula se concedería "a dicha puebla" el título de ciudad, y que los vecinos no pagarían ni alcabalas ni pecho (contribución) durante 30 años.
En una solemne sesión, celebrada el 25 de febrero de 1533, la cédula a que se refiere la reina en su carta y que no está fechada, fue entregada por el oidor Salmerón, como representante del rey, a Hernando de Elgueta, corregidor así de Tlaxcala y Cholula como de esta Ciudad.
Debido al empeño del procurador de Puebla en España, Gonzalo Díaz de Vargas, uno de los fundadores y su alguacil mayor, Carlos V y su madre, reina Juana, concedieron a la Ciudad un escudo de armas por una real cédula, dada en Valladolid el 20 de julio de 1538.
El escudo representa, según la cédula “una ciudad con cinco torres de oro asentada sobre un campo verde, y dos ángeles, uno de cada parte, vestidos de blanco, realzados de púrpura y oro, asidos a la dicha ciudad, y encima de la dicha ciudad a la mano derecha una letra como esta K y a la parte izquierda otra letra como esta V, que quieren decir dichas dos letras Karlos Quinto. En las dichas 2 letras han de ser de oro, y en la parte baja de la dicha ciudad, bajo del campo verde, donde está asentada la dicha ciudad, un río de agua en campo celeste y una orla en torno de dicho escudo, unas letras de oro en campo colorado que digan: Angelis suis Deus mandavit de te ut custodiant te in omnibus viis tuis” (Salmo 90, versículo 11; en castellano: Dios ordenó a sus ángeles, que te guarden en todos tus caminos).
"la Reyna.
por cuanto los n(uest)ros oidores de la n(ust)ra abdiencia y chancillerya Real de la nueba spaña han poblado de xpianos (christianos) spañoles vn pueblo q(ue) se dize la puebla de los angeles q(ue)es entre chelula y taxcala. por ende por la voluntad q(ue) (e)l Emp(erad)or my señor y yo tenemos q(ue) (e) l d(ic)ho pueblo se ennoblezca y augmente. y otros se anymen a biuyr en el. es n(uest)ra m(erce)d y voluntad q(ue) de aquy adelante se llame e yntitule Cibdad de los angeles. y mandamos q(ue) los v(ecin)os y personas q(ue) al presente biuen en la d(ic)ha cibdad. y los q(ue) de aquy adelante fueren a biuyr a ella No paguen alcauala ny pecho. por termyno de treynta años primeros siguyentes q(ue) corran y se cuenten desde el dia de la fecha desta my cedula en adelante
Yo la Reyna.
Por mandato de su mag(e)s (ta)t.
Joan de samano."
Al pie: "V(uestra) m(agesta)tda titu(l)o de cibdad a la puebla de los angeles y haze m(erece)d a los v(ecin)os della q(ue) por termy(n)o de XXX años no pague(n) alcauala ny pecho. Correxida". (La última palabra ya no existe.) A la vuelta hay 4 rúbricas, según Gil González Dávila, las de los consejeros: "el doctor Beltrán, el licenciado Suárez Carvajal, el doctor Bernal y el licenciado Mercado". Después sigue:
"por hor(den) de su mag(esta)d esta Abd(iencia) da titulo de Cibdad a q(ue) no paguen pecho ny alcabala por XXX años."
Original en el tomo intitulado: No. 3. Libro de Reales Cedulas de la N(o)b(ilisi)ma Ciudad de Puebla año de 1645, 1646", Archivo del Ayuntamiento. Fotograbado publicado por el Lic. Francisco Pérez Salazar en el Boletín de la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística, México 1929, tomo XIV, pág. 91.
En la época colonial, parece, la Ciudad casi nunca usaba de la forma auténtica de su escudo.
En un folleto sobre la jura del rey Felipe V. en Puebla (1701), por ej., se habla de un tablero "que ostentaba las armas de esta Imperial Ciudad", no como las concedió Carlos V en su descripción en el autor da también a éstas una corona— sino “las que comúnmente usa (la Ciudad) en sus estandartes, una torre dentro de un escudo, y a sus lados dos ángeles con la corona imperial por timbre”. }
Cerón Zapata (1714), empero, describe sólo el escudo de la cédula. Ejemplos de aquella forma de las armas, pero no siempre con corona, se ven en la portada de un folleto el año 1645, intitulado ‘Exequias Funerales… de la Reina Isabel de Borbón’, en el Puente de Motolinía (1682), arriba de la puerta del costado de S. Francisco, en las fachadas del Coliseo (1759) y de la Alhóndiga (1777), en el arco de la Calzada de Loreto (por 1790) y del Ayuntamiento (1807), en el 'Libro de Patronatos' (1769), en dos medallas de 1790 y de 1809, y en el sello original de la Ciudad, que está pegado en el documento de la merced de agua concedida a la Academia de Bellas Artes de 1813.
Al pedir un escudo en 1537, la Ciudad había solicitado expresamente, como un favor especial, una de las tres coronas imperiales encima de las armas, pero no le fué concedida. Sin embargo, los poblanos la añadieron, según parece, sin autorización alguna, lo mismo que dieron a su Ciudad el dictado de Imperial.
El primer ejemplo que sepamos, del uso de la forma auténtica, es el escudo de la tribuna del Colegio Carolino, que data de fines del siglo XVIII o principios del XIX.
Gil González Dávila, en su ‘Teatro Eclesiástico’ (1649), trae una estampa del escudo de Puebla en que brota un río de la torre de en medio; además faltan las últimas palabras del versículo de la leyenda, terminado ésta en “custodiant te”; los dos ángeles están a los lados del escudo, sustentando una corona imperial y teniendo las letras K y V en las manos. fray Baltasar de Medina (1682) describe solamente este escudo, refiriéndose a dicho historiador. Vetancurt le copia a su vez, pero da también la descripción de las armas auténticas que toma de Juan Díaz de la Calle (Madrid 1654), y cree que se trata de dos escudos distintos. En realidad, la estampa del ‘Teatro Eclesiástico’ no es nada más que una reproducción inexacta del escudo legítimo.
El original de la cédula hoy ocupa el lugar más prominente de la sala del Cabildo, encima de la tribuna presidencial, donde lo hizo colocar, en un precioso marco, el secretario Sr. Lic. Enrique Gómez Haro en 1911. En la orla superior están figuradas las dos columnas de Hércules, con la divisa latina Plus Ultra ('más allá'), emblema alusivo al descubrimiento y conquista del Nuevo Mundo, que Carlos V añadió al escudo de España y que pusieron también al reverso de las monedas que el primer virrey Mendoza (1535-50) mandó acuñar en México. Atrás de cada columna se ve, en la orla, a Hércules con la clava, matando a un dragón, figuras que el dibujante duplicó por razones de simetría.
La Ciudad de los Angeles, como escribe la Real Audiencia el 18 de noviembre de 1532, quedó el título oficial en casi toda la época española, conforme al acuerdo del Cabildo del 8 de marzo de 1543, de que “el escribano del Cabildo y los demás de la Ciudad en todos los instrumentos que ante ellos pasasen, no pusiesen Puebla sino Ciudad de los Angeles, imponiéndoles pena”, por considerarse la voz puebla en lugar de ciudad como un menoscabo de sus privilegios legales. El título de noble y leal se le confirió en Valladolid en 1558, el de muy noble y leal en Toledo en 1561, y el de muy noble y muy leal por la cédula fechada en Madrid el 6 de febrero de 1576 y que fué recibida y leída en el cabildo del 2 de enero de 1578. (Para el dictado Imperial véase C. Puente Motolinía.)
Pero el decreto del Ayuntamiento no pudo cambiar el nombre primitivo. El obispo Palafox (1640-49), gran progresista, fue el primero que firmó "obispo de la Puebla de los Angeles". En los libros del Cabildo Eclesiástico se usa desde entonces también la forma 'la Ciudad de la Puebla de los Angeles'. En las portadas de los libros impresos en esta Ciudad, a partir de 1640, se lee generalmente "la Puebla de los Angeles", pero ya en 1649 se imprime simplemente "la Puebla"; el título oficial de Ciudad de los Angeles es sumamente raro (1643). "en el uso común de hablar, dice Veytia, subsiste hasta nuestros días (1780) el nombre de Puebla." En los Libros de los Censos se halla hasta principios de febrero de 1807 exclusivamente oficial, pero desde el 19 de ese mes nunca se omite la palabra Puebla, escribiéndose Ciudad de la Puebla de los Angeles o Puebla nada más. En las actas del Cabildo escriben Ciudad de la Puebla de los Angeles desde principios de 1808.
En 1845, por haberse pronunciado la plaza contra Santa Ana y sufrido victoriosamente su asedio por aquel general, desde el 4 hasta el 11 de enero de ese año, se le confirió el renombre de invicta por decreto del Congreso General, y en 1862, después de la victoria del 5 de mayo, se le dio el título de Puebla de Zaragoza, en honor del general que la defendió.
En latín dicen Angelopolis, la denominación poética es Ciudad Angélica.
El sobrenombre popular de Ciudad Levítica (sacerdotal) se cita en el calendario de Rivera para 1861.
Reanudando el relato de la fundación de la Ciudad, es de advertir que los trabajos y repartimientos de tierras, hechos en 1531 y 1532, deben considerarse como provisionales, pues fueron “un ensayo”, pero en diciembre de 1532, el oidor Salmerón, junto con los guardianes de los conventos franciscanos de Tlaxcala y Cholula, estuvo en Puebla, para ver “el asiento de la población y corregir lo necesario”, arreglando el repartimiento definitivo de los solares. Al mismo tiempo se celebraron o se renovaron contratos, para que de Tlaxcala y Cholula vinieran trabajadores, 800 y 600 respectivamente, el tributo que ambas poblaciones pagaban al rey. Igualmente se repartieron en Atlixco terrenos a los pobladores, 33 hombres adultos y una viuda.
En el curso del año siguiente (1533) se incorporó la Ciudad y su comarca al obispado de Tlaxcala.
En los primeros dos años (1531-33), la nueva fundación se consideraba legalmente como un pueblo, estando bajo la jurisdicción de los corregidores de Tlaxcala, Saavedra y Elgueta, y teniendo por eso sólo un alcalde ordinario y dos o tres regidores, nombrados para 1531 por el oidor Salmerón. Por una real provisión del 14 de junio de 1532, se reguló el sistema de las elecciones de los alcaldes ordinarios y regidores. Para cada uno de esos oficios se proponían, por mayoría de votos de los miembros del Cabildo en función, dos personas escogidas entre los vecinos más ricos y concienzudos, de fama y vida irreprochable, prefiriéndose los conquistadores casados. La suerte decidía, cuál de los dos propuestos fuera el electo.
Habiéndose promulgado en 1533, la real cédula de 1532, que confirió a Puebla el título y los derechos de una ciudad, se eligieron para 1534, así como en adelante, dos alcaldes ordinarios y 8 o 10 regidores. Desde 1536, las elecciones se verificaron directamente por votos, y no por la suerte. Para contrarrestar lo más posible el influjo de las relaciones personales, se estipuló que no pudieran vivir en una misma casa ni dos alcaldes ni dos regidores.
A partir de 1537 se conocen también regidores perpetuos, nombrados por el rey y cuyo oficio era vitalicio. Pronto hubo tantos de éstos, que cesaron las elecciones.
Desde 1554 el número de los regidores era 12. En tiempos de Cerón Zapata (1714) fueron 20, 6 de los cuales tenían cargos y títulos especiales. A pesar de ser casi todos los regidores perpetuos, la Ciudad defendía su derecho jurídico de elegirlos, de modo que cuando, en 1632, el virrey Cerralbo (1624-35) trató de obligar al Cabildo a conformarse con el nombramiento que él hizo de 6 regidores, la Ciudad recurrió al rey y triunfó, obteniendo una real cédula para que los virreyes la dejaran hacer sus elecciones con toda libertad.
Como privilegio especial, concedió en 1602, los regidores tenían derecho a una merced de agua (véase C. fuente Alta).
El funcionario más alto de la Ciudad tenía primero el título de corregidor, designándose para este cargo en 1536 al mismo Hernando de Elgueta que ya entes había presidido los Cabildos en su calidad de corregidor de Tlaxcala y Cholula. Más tarde, el título fue alcalde mayor, siendo el primero que lo usó, Luis de León Romano, en 1554. Pero según la Carilla vieja, siguieron a los corregidores desde 1557 —o según Veytia, desde 1545— hasta 1565, justicias mayores, y desde ese último año, alcaldes mayores.
También el título de justicia mayor subsistió, teniéndolo los siguientes gobernantes de la alcaldía mayor de Puebla: Hernando de Vargas, 1598; Francisco de Orduña, 1603-4; Juan Dávila Galindo, 1692; Francisco de Bustamante, 1727-30 y 1734-37; Pedro de Echeverría y Orcólaga, 1730-34, Juan de San Martín y Valdés, 174 -42; Miguel Manuel Dávila Galindo, 1753.
Los alcaldes mayores, así como los justicias mayores, se nombran por el rey, con consulta del Consejo Supremo de las Indias. Según el reglamento duraban años en su cargo si ya estaban en la provincia, pero 5 si venían de España. En Puebla, tenían su oficio 2-3 años por término medio, exceptuando a Juan José de Veytia Linaje, que alcanzó el máximum con 23 años de administración (1699-1722). Generalmente eran nobles, hidalgos de España. Dentro del territorio de la alcaldía mayor ejercían lo que llamamos hoy el supremo poder judicial, ejecutivo, legislativo y militar. Como jueces conocían de las apelaciones de los alcaldes ordinarios, de lo cual resulta el título de justicia mayor. Presidían las sesiones del Cabildo y tenían su vivienda en las Casas Reales, el Palacio del Ayuntamiento.
El territorio de la alcaldía mayor de Puebla, que dependía directamente de la Real Audiencia y el virrey de México, no comprendía mucho más que el Distrito o actual Municipio de Puebla, habiéndose desmembrado en 1579 de su jurisdicción “Atrixco” (Atlixco) y después otros pueblos, de manera que en el siglo XVIII (1780) llegaba al Oriente hasta Amozoc (3 leguas o 12,6 kms.), al Sur hasta Cuautinchán (4 leguas o 16,8 kms.), al Poniente sólo hasta el río Atoyac (1/2 legua o 2,1 kms.) y al Norte hasta una distancia de 2 leguas (8,4 kms.). Para Amozoc y Totomihuacán el alcalde mayor nombraba tenientes, como lo hacía también para la Ciudad en caso de su ausencia o enfermedad. La jurisdicción de los alcaldes ordinarios se limitaban al recito de la ciudad. Las fuerzas militares de Puebla, al mando del alcalde mayor, con título de teniente de capitán general de la junta del batallón, se componía, a principios del siglo XVIII (1714), de la Compañía del Comercio de a caballo, 4 compañías del Batallón, 4 compañías de Pardos (mulatos) y una de Morenos. Una compañía de 100 hombres de a caballo se había creado en 1629, para poder socorrer al puerto de Veracruz, amenazado por los enemigos de España en la guerra de los Treinta Años, cuyos oficiales se nombraron, a lo menos entonces por el Cabildo. Tal vez fue éste el origen de la mencionada Compañía del Comercio. (Cerón Zapata dice que data de 1624.)
En 1746 se registran en Puebla seis compañías: cuatro de españoles, una de mestizos y una de mulatos. En 1792, la última se cita como extinguida.
En 1745 dispuso el virrey que viniese de guarnición a esta Ciudad una de las compañías de dragones del batallón de la Corona, que estaban en Veracruz, para impedir que se repitieran los motines, pues al año anterior había sido “empedrado” (apedreado) el alcalde mayor Miguel Romano de Castilla y Lugo (1742-45) en la Plaza Pública por la gente enfurecida. Para sosegar a la población, el funcionario fue relevado de su puesto. Los dragones se establecieron primero en la Av. 2 Or. 1000 (véase C. Puente Motolinía), pero después (1781) se edificó para ellos el cuartel de la Plazuela de S. José. Temporalmente servían de cuarteles también los mesones de Pliego y Sosa (u otra casa de la misma calle), y una casa en la Calle de Infantes.
En 1754 se cambió el título de alcalde mayor por el de gobernador político y militar, siendo el primero Pedro de Montesinos y Lara (1754-56). Esos gobernadores eran inspectores de las milicias de todo el obispado, que entonces (1746) comprendían aproximadamente los territorios de los actuales Estados de Puebla, Tlaxcala y Veracruz. La última entidad le correspondía casi entera, desde el río de Coatzacoalcos (Acayucan) hasta Huayacocotla (distrito de Chicontepec) y el puerto de Tuxpan, entonces llamado Tabuco, con Tamiahua, hasta la barra de Tampico. En Puebla faltaba sólo Tezuitlán (hoy Teziutlán) y Tochimilco, que pertenecían al arzobispado de México, Tochimilco hasta 1891. En cambio, tenía Apam (Edo. Hidalgo). En el Sur comprendía parte de los Estados de Oaxaca (Huajuapan, Juxtlahuaca e Igualapa) y de Guerrero (Tlapa).
A mediado del siglo XVIII existió también el regimiento provincial de Puebla, levantado por el virrey. (Sabemos que en 1768 el obispo bendijo con toda solemnidad las banderas de las tropas de Su Majestad, colocándose las antiguas en los lados del altar de los Reyes en la Catedral.)
Parece que al erigirse la alcaldía mayor en gobierno político y militar, no se amplió el territorio de la jurisdicción y administración civil, por lo menos Veytia (1780) no dice nada de eso.
En 1786, José de Gálvez, ministro de Indias, hizo una nueva distribución del territorio de la Nueva España, dividiéndolo en doce intendencias o provincias, que corresponden más o menos a los Estados actuales. En el territorio del obispado de Puebla se constituyeron las intendencias de Veracruz y de Puebla. A la última pertenecía Tlaxcala sólo hasta 1793. En cambio, comprendía Tochimilco. En el Norte conservaba Huayacocotla y en el Sur Igualapa y Tlapa (1794), formando en total 2 partidos. Igualapa y Tlapa se segregaron antes de 1803, 3, pero en 1820, la intendencia de Puebla se formaba de 20 partidos, entre ellos Huayacocotla, Tlapa y un nuevo, Ometepec, en la costa del Pacífico, que en 1794, según parece, había pertenecido a Tlapa.
El primero de sus intendentes fue el muy conocido teniente coronel Manuel de Flon y Tejeda, conde de la Cadena ( 1786-1811). Su título completo era: gobernador político y militar de la Ciudad, intendente de la provincia y comandante de las milicias. En 1821, estando en vigor la constitución de las Cortes, los cargos de intendente (Francisco Jiménez Saavedra) y de jefe político y comandante general (Ciriaco del Llano) estaban separados.
En la época independiente, el marqués de Vivanco (1822) se titulaba capitán general y jefe político de esta provincia, Manuel Gómez Pedraza (1824), jefe político y comandante general de esta provincia.
El Estado de Puebla, creado por la Constitución del 4 de octubre de 1824, se dió su constitución local el 7 de diciembre de 1825. El título del gobernante de la entidad desde entonces es gobernador (véase C. Pasaje).
El territorio de la provincia correspondía al de la intendencia, pero comprendía a Tlaxcala, que en 1824 fue separada y transformada en un Territorio de la Federación. El Estado de Puebla se componía de 7 departamentos, que fueron: Matamoros, Puebla, S. Juan de los Llanos, Tepeaca, Tuxpan (Edo. Ver.), Tlapa y Ometepec, y el 1o. de diciembre de 1853 el departamento de Tuxpan, que comprendía los partidos de Tuxpan y Chicontepec con Tamiahua y Huayacocotla, se incorporó al estado de Veracruz. Desde entonces las fronteras no se han modificado, exceptuando la época de la Intervención (1863-67).
Los alcaldes ordinarios se elegían anualmente por el Cabildo entre los mismos vecinos. Según la ley, se excluía a las personas que tuvieran oficios viles, considerándose como tales los mercaderes que atendiesen, al tiempo de efectuarse la elección, por sus personas al público. En 1560, el Cabildo de Puebla, por orden del virrey, acordó expresamente, que para alcaldes ordinarios se eligieran sólo conquistadores y pobladores, y no mercaderes. Los alcaldes ordinarios eran lo que llamamos hoy jueces de primera instancia. Ejercían la jurisdicción civil y criminal ordinaria. Sino eran “tan nobles ni tan letrados o entendidos” como convenía a su oficio, podían despachar los asuntos por asesores letrados. Su tribunal se llamaba la Audiencia Ordinaria. El reglamento prescribía que hubiera audiencia todos los días en la mañana.
Los dos alcaldes ordinarios se distinguían por el del primer voto y del segundo voto, según el orden en que votaban en las sesiones del Cabildo. El alcalde del primer voto era el suplente del alcalde mayor en la presidencia del Cabildo, en caso de impedimento de éste.
En Puebla la elección y toma de posesión de los alcaldes ordinarios se efectuaba el 1o. de enero de cada año. Para concluir el acto solemne, el Cabildo iba a dar las gracias, desde 1614, al templo del Espíritu Santo, pero después de la expatriación de los jesuítas (1767), a la Santísima Trinidad.
Los alcaldes no podían reelegirse inmediatamente. La ley general exigía un “hueco” 3 de años. En Puebla se observaba un intervalo de 2 años. En 1759, por primera vez, fueron reelectos los mismos alcaldes por aclamación, siendo el alcalde de primer voto el historiador Mariano Veytia. Desde 1793 hasta 1800, la reelección, pero solamente una, fue la regla, en la forma de que el alcalde del segundo voto pasó a ser el del primer voto en el año siguiente. Llámenles entonces (1794) "el alcalde ordinario más antiguo" y "el menos antiguo".
Según los reglamentos generales, el alcalde mayor debía hacer cabildos tres veces por semana, en días que no fueran festivos. En el verano a las 7, en el invierno a las 8 de la mañana. Para aquella hora tenía misa “la justicia (alcaldes) y regimiento (regidores)” en dicho cabildo. Antes de tomar las varas, que eran el símbolo de sus cargos, el alcalde mayor hizo el juramento. Las sesiones eran secretas, raras veces se admitían otras personas. El secreto del Ayuntamiento debía guardarse, según el juramento. Pero el votar secreto era muy extraordinario. Votaban según su cargo; entre los regidores que no tuvieran otro oficio, primero los más antiguos.
En Puebla, las sesiones no era tan frecuentes: en 1536 los días de Cabildo eran lunes y viernes, en 1575, miércoles y viernes, y el 6 de noviembre de 1817 se acordó que "en vista de que muchos regidores no asistían a las sesiones por celebrarse éstas en sábado, tuvieran verificativo en lo de adelante los miércoles".
En tiempos turbulentos de la época independiente hubo mucho menos sesiones. Por ej., en los primeros 8 meses de 1876, durante la revolución contra el presidente Lerdo de Tejada, se celebraron solamente 8. O al contrario, los cabildo estuvieron muy frecuentes, como por motivo de la invasión norteamericana de 1847, cuando, de fines de abril hasta principios de junio (los invasores entraron en la Ciudad el 15 de mayo), las sesiones se hicieron casi diarias, y hasta dos el mismo día.
Cuando no había quórum, la sesión se llamaba pelícano. Esta costumbre duró probablemente hasta 1880, por ej. se celebró un pelícano enero 4 de 1872.
Los regidores recibían un salario, en 1575 9000 maravedís ($63 oro nacional) anuales.
En tiempos de Cerón Zapata (1714), 6 de los 20 regidores tenían cargos especiales o, lo que vale lo mismo, eran funcionarios públicos con voz y voto en el cabildo. Eran los siguientes: 1o. el alférez mayor, 2o. el alguacil mayor, 3o. el provincial de la Santa Hermandad, 4o. el tesorero de la Santa Cruzada, 5o. el juez de los reales novenos, y 6o. el depositario general.
1o. El alférez mayor o real era el representante de la persona del rey, llevaba el pendón o estandarte en la ceremonia de la jura del rey, tenía "el asiento más preeminente después de la justicia (los alcaldes) y podía traer dos negros con espadas para su acompañamiento en toda la Nueva España". Proponían los sujetos idóneos para ser elegidos alcaldes, habiendo libertad de elegir otra persona. El primero que tuvo este cargo fue Alonso de Rivera en 1580. El alcalde de 1609 y fundador del convento de la Santísima, Alonso Rivera de Barrientos, es el mismo personaje o su pariente. Bermúdez de Castro, empero, cita como primer alférez mayor “al capitán Gonzalo Hidalgo de Montemayor, conquistador, que cooperó valerosamente a la conquista de este reino”. otro alférez mayor del siglo XVI es el alcalde de 1590, Francisco de Torres.
2o. El alguacil mayor era el jefe de la policía (véase C. Alguacil Mayor). El primero que se nombró, fue Cristóbal Martín (1534) o, según Veytia, Gonzalo Díaz de Vargas (1536). Lo mismo que otros miembros del Cabildo, los alguaciles mayores daban posesión jurídica de propiedades, en representación de la Ciudad. Así, por ej., en 1628 el alguacil mayor Carlos Luna y Arellano dió a los franciscanos en la forma legal posesión de las capillas del Calvario, que les había donado Benito Conte (?). En 1664, la Ciudad había mercedado al colegio jesuita de S. Ildefonso cinco ojos de agua de azufre, que hoy pertenecen al Rancho Colorado. “Estando en el ejido de la Ciudad de los Angeles…, el rector del colegio de S. Ildefonso requirió, con el auto susodicho a don Juan de Guevara Fajardo, alguacil mayor... le dé posesión judicial, real y actual, en cuyo cumplimiento dicho alguacil mayor, estando en dichos ojos... le dió posesión de dichos 5 ojos y arrancó hierbas e hizo otros actos de posesión."
3o. El provincial de la Santa Hermandad. La Santa Hermandad era una asociación formada en España, a fines del siglo XV, contra los ladrones y malhechores. “Hasta 1559 los alcaldes ordinarios conocían de las causas que llamaban de Hermandad. Después se hizo de ellos un tribunal de por sí, con distintos ministros, que llamaban alcaldes de la Hermandad, cuya elección así en las Indias como en España competía a los cabildos. Más tarde s comenzaron a vender y perpetuar estos oficios con títulos y honores de provinciales de la Hermandad, a imitación del que en la de Sevilla tenía y ejercía este cargo.” A petición del Cabildo de Puebla, se creó en 1609 el mismo oficio, siendo vitalicio, pero inferior en muchos casos al del alcalde ordinario. Por disensiones entre el provincial y el cabildo, el rey dispuso, hacia 1630, que se diera siempre ese cargo a un regidor. Unos de los primeros provinciales fueron el regidor Francisco Sánchez de Guevara (1618) y Diego Páez Tenorio, que construyó la Casa de Tecali en la calle del mismo nombre.
4o. El Tesorero de la Santa Cruzada. La bula de Cruzada es un documento pontificio en el que se otorgan varios privilegios, gracias e indultos, y fue concedido desde muy antiguo a los reyes de España, primero en el concepto de subsidio para la guerra contra los infieles y actualmente para promover el culto divino y las obras de piedad y beneficencia. Se paga anualmente una limosna, en España una peseta. En la Indias las gracias duraban dos años, por la grande distancia de los lugares; los indios y negros pagaban 2 reales, los españoles 8 y si tenían un cargo real, 16. Un comisario general residía en la Corte de España como delegado del sumo pontífice, del cual era subdelegado el comisario general en México quien nombraba tesoreros en suyo poder entraban los dineros, hasta que, cada año, se enviaban a disposición del rey. La publicación de la bula se hacía con grandes ceremonias, cuyo arreglo data de los principios del siglo XVII. En 1819 se hizo por última vez en México la publicación. Uno de los primeros que desempeño el cargo de tesorero en Puebla fue Juan de Cueto, hacia 1607 (véase C. Obraje Lomba).
5o. El juez de los Reales Novenos. De los diezmos o décima parte de los frutos que se pagaba a la iglesia en cada diócesis, se destinaba un cuarto para el prelado, un cuarto para el Cabildo Eclesiástico, y de la mitad restante “dos novenos” (1/9 de la cantidad entera) para el rey. Así se había arreglado por la Real Cédula del 3 de octubre de 1539. El resto de los diezmos se destinaba, en Puebla, para la fábrica de la Catedral, el hospital de S. Pedro y otros fines piadosos.
En reales Cédulas, desde 1559, se ordena que "nuestros oficiales cobren y tengan cuenta y razón de los novenos que a Nos pertenecen por las erecciones de las iglesias". El rey era el patrono del obispado. El oficial que administraba esas rentas, se llamaba juez Real de los Reales Novenos. En 1645 ya existió este cargo en Puebla.
6o. El depositario general era el tesorero que tenía que custodiar los fondos que se depositaban en las arcas públicas. El primero fue Juan de Carmona y Tamariz, en 1610, cuyo nombre consta en la inscripción de la caja de agua (Cf. C. Molinos).
7o. A esos oficios mencionados por Cerón Zapata, Veytia agrega el del juez de menores o juez contador de bienes menores. El primero fue Juan de Llano y Lozada, nombrado en 1643 y alcalde en 1644, cuyo sepulcro, situado al pie de la escalera en S. Francisco, tenía una inscripción, difícil de leer por sus letras ligadas.
Su nombre y títulos, entre ellos el completo de juez contador de bienes menores, consta también en la inscripción de está en el portal de Cholula y dice que él, siendo corregidor en 1643, mando hacer aquella audiencia, cárceles con su capilla, casa de cabildo de los naturales, carnicerías, alhóndiga, e ilustró las casas reales.
En 1534 el Cabildo acordó nombrar una comisión de dos regidores, llamados diputados, cada tres meses del año, para fijar los precios, medir y amojonar los terrenos concedidos a los vecinos y señalar los caminos.
Por 1538 la Ciudad, a su petición, recibió la merced de la fiel ejecutoria, y en seguida se formó el juzgado de fieles ejecutores, compuesto de un alcalde y dos regidores, llamados igualmente diputados, que se elegían mensualmente (1561). En 1579 se menciona la "casa" y la "sala de la Diputación", destinadas para el oficio de los fieles ejecutores. Entre los muebles del Cabildo y los de la Diputación se distingue en 1592. También se cita el título de "escribano mayor, público, de Cabildo y Diputación". En México llamaban al Palacio Municipal la Diputación.
Esos cargos eran vitalicios, pero no para vender, lo que sin embargo, se practicaba varias veces, de modo que en 1612, se concedió a México y Puebla el privilegio de que fuesen vendibles y renunciables (véase C. Alguacil Mayor).
En 1766 se crearon nuevos oficios, probablemente por orden de Gálvez, en todo el país. Los nuevos funcionarios que se llamaban diputado del común, intervenían con la justicia (alcaldes) y regidores en manejo de abastos, como carne y harina; había 4 en los pueblos mayores que fungían 2 años y podían ser reelectos con un año de hueco. En Puebla tomaron el nombre de regidores honorarios, que tenían voto en el Cabildo. Se elegían 2 cada 2 años. En 1774, cuando se hizo la primera elección el historiador Mariano Veytia fue uno de los 4 electos.
En el mismo decreto del año de 1766 se mandó que en la ciudad donde el oficio de procurador síndico estuviese perpetuo (vitalicio) o recayese de costumbre en un regidor, se hubiera de nombrar anualmente un procurador personero del público, que tuviera su asiento después de los regidores, sin voz ni voto en el Cabildo. El primero en Puebla fue Pedro de ovando y Rivadeneyra.
Según las ordenanzas impresas de 1787, uno de los regidores poblanos se elegía como procurador general, que cuidaban del archivo, de los pleitos y del cumplimiento de ordenanzas. Otros regidores fungían de: diputado de alhóndiga, veedor (inspector) de carnicerías llamado también juez de carnes, y alcalde de mesta, que conocía de los pleitos entre pastores (véase C. Independencia).
Frecuentemente se confería también a uno de los regidores el cargo de obrero mayor (véanse C. Caja del Agua, Fuente Alta, Puente 5 de Mayo y Pl. S. Francisco). Primero le titulan mayordomo del Cabildo, por ej. a Sánchez Paladines (1576). Luego (1589) escriben mayordomo y obrero mayor, en 1615 y en adelante sólo obrero mayor. Según las Ordenanzas de 1787, que repiten un acuerdo del 16 abril de 1622, el obrero mayor cuidaba de las fincas y obras públicas, especialmente de la pila de la Plaza y las demás fuentes, así del abasto público como de los conventos, las “tarjeas”, la cañería principal y las llaves de las alcantarillas.
Según la Constitución de las Cortes de 1812, el alcalde de primer voto se tituló presidente de la Real Junta Municipal (Cabildo), y los regidores, vocales de la misma.
En la época independiente, de 1822 a 1879, exceptuando los años 1859-60 y 1866-67, el Ayuntamiento se componía de 4 (dos veces de 6) alcaldes, 8-16 regidores y 2 (o 1) síndicos.
En 159, durante la guerra de Tres Años, se nombraron, según la ley publicada el 8 de julio, dos regidores perpetuos, uno como presidente de la corporación y el otro como tesorero municipal, además 5 regidores y un síndico, al presidente, Antonio Sobreyra y Varela, que fungió ya el 12 de mayo de aquel año y duró hasta fines de 1860 cuando terminó la dominación de los conservadores, llamaban presidente nato, regidor más antiguo, o primer regidor.
Una forma parecida se introdujo en 1865-67, durante el Imperio, titulándose entonces el jefe único del Cabildo alcalde (1865), alcalde mayor o municipal (1866-67). A más de él fungía 16 (1866:13) concejales.
Por las leyes de 7 de septiembre de 1880 y 14 de octubre de 1882, aboliéndose definitivamente los puestos de alcaldes. En cambio, los regidores eligen a uno de entre ellos por presidente, comúnmente llamado presidente municipal. El primer presidente fue el Lic. Clemente López que tomó posesión el 16 de septiembre de 1880. Regidores había 20 en 1880-1920, 16 desde junio 15 hasta julio 29 del propio año, y hay 10 a partir del 30 de julio de 1920.
En los primeros años de la Independencia presidía los cabildos el gobernador, de 1826 a 1860 el prefecto del departamento (distrito) (véase C. Pasaje), de 1861 a 1880 el jefe político del distrito, o en caso de los alcaldes o regidores, según su grado; desde el 16 de septiembre de 1881 preside únicamente el presidente municipal o su representante.
En la época colonial y hasta después de la Intervención francesa, el nuevo cabildo tomaba posesión el 1o. de enero, de 1868 a 1880 el 16 de septiembre, de 1882 a 1920 este acto se efectúa el 15 de febrero.
En la época independiente y especialmente desde 1914, se nombran, en el curso del mismo año, varias veces nuevos cabildos debido a cambios políticos. Desde 1914 un ayuntamiento que no proviene de elección popular, se llama Consejo Municipal, y sus miembros se titulan concejales, en vez de 'regidores', como ya en tiempos de la Intervención.
Por la Constitución del 7 de diciembre de 1825, los alcaldes siguieron fungiendo como jueces de primera instancia. En 1821, al suprimirse el Consulados, un tribunal que conocía de pleitos mercantiles, se encargó a los alcaldes también el despecho de estos asuntos. El 1o. de junio de 1831, el Congreso decretó que se establecieran jueces de letras para conocer en primera instancia de los negocios civiles y criminales, y así terminó el poder judicial de los alcaldes. No obstante, ya en 1824 había un juez de primera instancia, un letrado, en cada Partido del Estado, también en Puebla. El mismo año existía aquí la Audiencia Superior del Estado. Los actuales tribunales superiores crearon en 1825.
En cambio, el Ayuntamiento, hasta 1880, siguió nombrando a los jueces menores de paz, uno para cada uno de los 16 cuarteles menores, y otros 6 (véase Introd. pág. XXX). Pero pidiendo la Ley Orgánica de Tribunales que, en las ciudades, también esos jueces fueran letrados, se redujo su número, y se abolió la limitación local de su jurisdicción, desapareciendo, por consiguiente, la división de la Ciudad en cuarteles. Empero, el Cabildo sigue asalariando a los jueces menores, correccionales y de paz, aunque, por lo menos desde 1894, solamente los propone, eligiéndolos el gobernador que también los nombra.
En la época colonial, el Cabildo solía designarse con el nombre de la Ciudad, por eje.: "La Ciudad fue a ver al Virrey", es desautoridad esperar la Ciudad a nadie que no sea personal Real".
El tratamiento del Cabildo en los primeros años fue Muy Nobles Señores (1535 y 1545), después Muy Magníficos Señores (1547, 1556 y 1560) y Muy Virtuosos Señores (1541). Más tarde se escribió: Excelentísimo Señor, o, pero menos frecuentemente: Muy Ilustre Señor, como dicen en 1581 y Villasánchez en su ‘Informe’ (1746). Asimismo era, hasta 1867, el titulo corriente Excelentísimo Ayuntamiento; pero también se decía, especialmente de 1800 a 1821, y de nuevo durante el segundo Imperio, Ilustre Ayuntamiento. Cuando la Constitución de las Cortes, le llamaron Real Junta Municipal (1812).
M(uy) I(lustre) Ayuntamiento Constitucional escriben en la primera parte del año 1821. El emperador Iturbide le concedió al Cabildo expresamente el título de Excelencia. Patriótico Ayuntamiento es la denominación oficial desde la sesión celebrada el 2 de abril de 1867, día de la toma de la Ciudad por los republicanos, hasta 1896, aunque en la inscripción del Puente de Romero Vargas se puso Honorable. En 1896 los peticionarios escriben todavía Patriótico, u omiten cualquier tratamiento, poniendo: “Al Ayuntamiento”, o usan ya Honorable como en adelante; pero Patriótico se lee todavía en el padrón de 1902 y en la escritura de la compra del molino del Carmen (1908). Honorable se tituló ya el Congreso Constituyente en 1824 y el Congreso del Estado desde un principio; también, en 1866, la Prefectura del Departamento.

















No hay comentarios:
Publicar un comentario